Bajo el marco de la CONVEMAR, los cinco Estados ribereños del Ártico reclaman derechos exclusivos sobre el subsuelo marino más allá de sus zonas económicas exclusivas. En juego: hidrocarburos, minerales críticos y la certeza jurídica en una región que se transforma más rápido que los tratados que la gobiernan.
El deshielo acelerado del Ártico ha transformado la región en un espacio de interés estratégico. Más allá de las rutas marítimas emergentes y los recursos accesibles, uno de los aspectos clave de la competencia geopolítica actual se centra en el fondo y subsuelo marino: la plataforma continental extendida.
Diferencia entre zona económica exclusiva y plataforma continental extendida
Antes de analizar su aplicación en el Ártico, conviene precisar estos dos conceptos:
- Zona Económica Exclusiva (ZEE): Se extiende hasta las 200 millas náuticas. El Estado costero tiene control total sobre la pesca y los recursos en la columna de agua y el lecho marino.
- Plataforma Continental Extendida: Es el reclamo sobre el fondo y el subsuelo más allá de las 200 millas (hasta un límite de 350). Aquí no hay derechos sobre la pesca ni se puede impedir la navegación. Solo se reclama lo que está «enterrado»: petróleo, gas y minerales críticos.

Según la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR/UNCLOS, 1982), los Estados costeros pueden reclamar derechos exclusivos sobre los recursos del fondo y subsuelo más allá de las 200 millas náuticas, siempre que demuestren científicamente que se trata de una prolongación natural de su territorio continental (artículo 76).
La Comisión de Límites de la Plataforma Continental (CLCS) de la ONU evalúa las presentaciones científicas y emite recomendaciones técnicas. No resuelve disputas entre Estados — estas se negocian bilateral o multilateralmente.
Los cinco Estados ribereños del Océano Ártico — los «Arctic Five»: Rusia, Canadá, Dinamarca/Groenlandia, Noruega y Estados Unidos — han avanzado en distintos grados en este proceso.
El Reclamo de Rusia

Rusia fue el primer país en presentar una solicitud (2001), con revisiones significativas en 2015 y addenda posteriores. Reclama extensiones sobre la dorsal de Lomonósov, el Mendeleev-Alpha Rise y la Podvodnikov Basin, entre otras formaciones. La estrategia se basa en demostrar que estas estructuras son prolongaciones naturales de la masa continental siberiana, lo que le permitiría reclamar derechos sobre el subsuelo hasta el Polo Norte.
En febrero de 2023, la CLCS emitió recomendaciones mayoritariamente favorables, aceptando que estas estructuras forman parte de la prolongación continental asiática de Rusia (excepto el Gakkel Ridge). Rusia aceptó las recomendaciones y ya ha establecido sus límites exteriores en gran medida, convirtiéndose en el Estado más avanzado en este proceso.
Reclamos de Dinamarca (Groenlandia)
Dinamarca presentó su solicitud en 2014, reclamando extensiones a través de la dorsal de Lomonósov y áreas hacia el Polo Norte. La presentación sigue pendiente de examen por la CLCS. Existen solapamientos importantes con las reclamaciones de Rusia y Canadá.
El reclamo de Canadá

Canadá presentó una solicitud parcial en 2013 y una completa en 2019, con una ampliación en 2022. Reclama sobre la dorsal de Lomonósov y otras formaciones submarinas, entrando en conflicto directo con las coordenadas reclamadas por Rusia. Al igual que la de Dinamarca, permanece pendiente de revisión por la CLCS.
El reclamo de Noruega
Noruega presentó su solicitud en 2006, incluyendo áreas árticas y otras regiones. La CLCS ha emitido recomendaciones favorables en gran parte. Los reclamos noruegos son relativamente limitados geográficamente y han generado menos controversia que los del Ártico central.
El reclamos de Estados Unidos
Estados Unidos no ha ratificado la CONVEMAR, pero en diciembre de 2023 anunció sus límites exteriores de plataforma continental extendida, basados en el derecho internacional consuetudinario y en los mismos criterios científicos del artículo 76. En el Ártico, estas áreas se extienden desde Alaska hacia el norte, hasta más de 680 millas náuticas en algunos sectores.
EE.UU. ha preparado una presentación completa para la CLCS que presentaría al ratificar la Convención, pero por ahora mantiene una posición unilateral. Esta declaración genera debate, ya que no tiene el mismo estatus formal que las recomendaciones de la CLCS, aunque no presenta solapamientos directos conflictivos con los reclamos rusos en la zona central.
Solapamientos y resolución de disputas
Los principales solapamientos se concentran en la dorsal de Lomonósov y áreas cercanas al Polo Norte, donde coinciden las reclamaciones de Rusia, Canadá y Dinamarca. La CLCS no delimita fronteras en zonas disputadas — solo valida los límites exteriores científicos cuando no hay objeciones.
Los cinco Estados ribereños han reiterado su compromiso de resolver estas cuestiones de forma pacífica, conforme a la Declaración de Ilulissat (2008). Hasta enero de 2026, no se han producido avances significativos en negociaciones multilaterales para delimitar las áreas superpuestas, aunque el proceso continúa siendo ordenado y basado en el derecho internacional.
Conclusión
Los reclamos de plataforma continental extendida en el Ártico son un procedimiento legal y científico, no una carrera armamentista ni una pugna por soberanía territorial plena. Otorgan derechos exclusivos sobre recursos del fondo marino — hidrocarburos, minerales críticos — aunque la mayoría de los yacimientos conocidos y económicamente viables se encuentran dentro de las 200 millas náuticas.
El verdadero valor geopolítico de estos reclamos radica en la certeza jurídica que proporcionan en una región en rápida transformación. Mientras el proceso avanza con lentitud — por la complejidad científica y la cola de revisiones en la CLCS —, el marco cooperativo establecido por los Estados árticos sigue vigente.
